TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 6/87 ----------------------------- ARTICULO 1.- Denomí¡nase a la presente "ORDENANZA GENERAL DE PAVIMENTACION - ------------ URBANA".------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a construir las obras de ------------ pavimentación urbana y complementarias en el Partido de Balcar- ce, bajo el régimen de la presente Ordenanza. Las obras cuya inclusión deter- mine el Departamento Ejecutivo en este régimen se denominar "PLAN ESPECIAL".- ARTICULO 3.- Decláranse de utilidad pública las obras incluídas en el "PLAN ------------ ESPECIAL", ello en la medida que se conecten con otras obras e- xistentes, sea directamente o a través de obras del mismo "PLAN ESPECIAL".--- ARTICULO 4.- El costo de estas obras será de pago obligatorio para los pro- ------------ pietarios o poseedores a título de dueño de los inmuebles con frentes a las mismas.-------------------------------------------------------- ARTICULO 5.- El prorrateo del costo de las obras se hará por metro de frente ------------ incrementándose la disminución para lotes esquineros el treinta (30) por ciento hasta un máximo de (20) veinte metros. En las calles de anchos o características especiales, por Ordenanza Especial se determinarán los por- centajes del costo a ser cubiertos por los frentistas. La diferencia será cos- teada con recursos aportados por la Municipalidad, sean propios o de entes pro- vinciales o nacionales.------------------------------------------------------- ARTICULO 6.- Las obras se construirán por administración mixta municipal, don- ------------ de la municipalidad provea total o parcialmente materiales y/o maquinaria.------------------------------------------------------------------- ARTICULO 7.- El Departamento Ejecutivo y el Honorable Concejo Deliberante - ------------ en forma conjunta, harán una determinación preventiva de las obras y cuadras que se incluirán en el PLAN ESPECIAL a efectos de dimensionar y programar todo el proceso y en particular para someterlas a un Registro de Oposición que se convocar formalmente.--------------------------------------- ARTICULO 8.- La existencia y apertura del Regístro de Oposición será publici-- ------------ tada convenientemente, como mínimo de la siguiente forma: a.- Un aviso en el Boletín Oficial de la Provincia-.- b.- Un aviso en cada diario de circulación local.- c.- Carteles murales en las cuadras afectadas, en cantidad a criterio del Departamento Ejecutivo.- En la publicidad deber informarse sobre el precio, modalidades de pago, ré- gimen normativo aplicable y caracter¡sticas de las obras que se construir n.- El registro funcionar en las Oficinas Municipales que se determinen y per- manecerá abierto hasta diez (10) días hábiles posteriores a la última publica- ción oficial obligatoria.---------------------------------------------------- ARTICULO 9.- Cerrado el Registro de oposición, el Departamento Ejecutivo in- ------------ cluirá en el "PLAN ESPECIAL" a las cuadras o conjunto de cuadras que no registren una oposición superior al Cuarenta por ciento (40%), compu- tada ésta de la misma proporción en las que deba contribuir al costo de las obras, según las reglas del prorrateo.---------------------------------------- ARTICULO 10.- Tramitado el Registro de Oposición, los vecinos frentistas sus- ------------- cribirán con la Municipalidad contratos individuales, previo al inicio de las obras, en los que el Departamento Ejecutivo establecerá las formas de garantía de la obligación asumida, conforme a las normas vigentes.- ARTICULO 11.- El dimensionamiento del plan, conforme al Artículo 9º, no obsta- ------------- rá para futuras ampliaciones que el Departamento Ejecutivo y el Honorable Concejo Deliberante autoricen. Las mismas deberán someterse a Re- gistro de Oposición en las condiciones de los Artículos 8º y 9º, de la presen- te.--------------------------------------------------------------------------- ARTICULO 12.- El pago ser obligatorio para y por todos los inmuebles frentis- ------------- tas comprendidos en el "PLAN ESPECIAL", desde la fecha que fije el Departamento Ejecutivo y una vez que ésta sea publicada en el Boletín Oficial y la prensa local. Esta fecha tendrá directa vinculación con el comienzo efec- tivo de la etapa constructiva de las obras.----------------------------------- ARTICULO 13.- El plan de pago obligatorio para todos los frentistas del "PLAN ------------- ESPECIAL" será de hasta veinticuatro (24) cuotas mensuales y consecutivas, las que deberán pagarse antes del día de vencimiento que para cada una fije el Departamento Ejecutivo. El primer vencimiento operar en direc- ta relación a lo que establece el Artículo 12º de la presente.---------------- ARTICULO 14.- El Departamento Ejecutivo admitirá pagos anticipados, parciales ------------- o totales. En caso de acojerse algún frentista al pago de conta- do el monto a abonar será el del Presupuesto Oficial con un diez por ciento (10%) de descuento . Tal importe deber abonarse a la firma del respectivo contrato con la Municipalidad. Las solicitudes de ampliaciones de plazo que excedan lo establecido en el Artículo 13º, serán consideradas conforme las dis- posiciones vigentes en materia de planes especiales y en la medida que las po- sibilidades económico-financieras del ente municipal lo permitan.------------- ARTICULO 15.- El ritmo de construcción de las obras será el que resulte de ------------- las posibilidades técnicas y financieras del Plan; tentativamen- te se estima en tres (3) cuadras de ancho y características normales, por cada mes de condiciones climáticas favorables.------------------------------------- ARTICULO 16.- Periódicamente, en lapsos no superiores a los tres meses, el ------------- Departamento Ejecutivo determinar el orden en que se construi- rán las obras en el período inmediato siguiente, lo que será informado al Hono- rable Concejo Deliberante. Tomará en cuenta para ello el siguiente orden de - prioridades: a.- Motivos de orden técnico.- b.- Compromisos masivos expresos de pago contado o en plazos muy breves por los frentistas de cada zona o cuadra.- c.- Porcentaje de cumplimiento efectivo en los pagos de cada zona o cuadra.- d.- Sorteo público ----------------------------------------------------------- ARTICULO 17.- Los pagos de los frentistas se harán efectivo en las cajas Re- ------------- caudadoras de la Comuna , la que depositará dichos fondos en Cuenta Corriente Bancaria Especial abierta al efecto en el Banco de la Provin- cia de Buenos Aires, sucursal Balcarce -------------------------------------- ARTICULO 18.- Para el pago, la Municipalidad emitirá boletas individuales, ------------- las que entregará a cada frentista. Estas boletas instrumenta- rán lo que deba pagar el frentista en el mes correspondiente. Los que no estén acojidos a un plan especial, deberán pagar las cuotas que correspondan al Plan obligatorio que prevee el Artículo 13º.-------------------------------------- ARTICULO 19.- El costo que será prorrateado inicialmente, será el determinado ------------- por el Departamento Ejecutivo en base a los análisis de precios que elaboren las oficinas técnicas correspondientes. Si el cómputo métrico su- friera modificaciones posteriores, se ajustarán las cuentas de los frentistas con las mismas reglas que hubieran sido usadas para el prorrateo general.---- ARTICULO 20.- El Departamento Ejecutivo determinará mensualmente las varia- ------------- ciones de costos de las obras, en función de la variación que sufran los elementos componentes de las mismas, tomando como base los paráme- tros de actualización que establezcan los pliegos de especificaciones respec- tivos.----------------------------------------------------------------------- ARTICULO 21.- Tomando como base las variaciones determinadas conforme el Arti- ------------- culo anterior, se ajustarán las cuotas y los saldos de cuenta de cada frentista. Cada pago hecho por un frentista, sea por su cuota obligato- ria o por mayor cantidad, sea puntual o en mora, tendrá efectos congelatorios de costos a los precios de obra del mes que hubiere sido hecho efectivo. Se a- clara al respecto que el efecto congelatorio no se da por el hecho de tener la obra construida frente al inmueble respectivo, ese congelamiento se produ- cirá en relación directa con la fecha de cada pago, independientemente del mes en que se le construya al frentista su obra.--------------------------------- ARTICULO 22.- La posibilidad de utilización de facilidades de pago que esta- ------------- blece la presente no se restringe por el monto debido, ni por la cantidad de inmuebles afectados que tenga cada frentista.----------------- ARTICULO 23.- La mora en el pago se producirá de pleno derecho y automática- ------------- mente por el sólo hecho de no efectivizarse en el período co-rrespondiente cualquiera de los pagos a que esté obligado el frentista. En los planes de cuotas, cuando se hallaren dos cualesquiera en mora, el Departamento Ejecutivo, podrá considerar cumplidos todos los plazos pendientes para el pago de las restantes y exigir lo adeudado como si se tratara de una obligación de plazo vencido, cuyo vencimiento y mora total se operará con la mora de la se-gunda cuota impaga. Sobre los importes en mora, actualizados a la fecha de pa- go con las variaciones de costos, el Departamento Ejecutivo podrá aplicar las disposiciones vigentes sobre multas por omisión a los Deberes Fiscales y un interés mensual, devengado desde la fecha de aclaración en mora hasta el efecti-vo pago de los montos determinados por aplicación de este artículo, en función de la evolución de las tasas generales de interés que rijan en los mercados fi- nancieros. ------------------------------------------------------------------ ARTICULO 24.- Para el cobro compulsivo de toda deuda en mora el Departamento ------------- Ejecutivo emitirá un Certificado de Deuda Impaga, que incluya los conceptos del artículo anterior, el que será título efectivo. Si a la épo- ca de la cobranza efectiva del importe de esos certificados, el capital reco- brado no alcanzare a cubrir los costos de obra de la cuenta respectiva, el De- partamento Ejecutivo emitirá el o los Certificados complementarios pertinen- tes, para cubrir la diferencia. Los Certificados de deuda impaga serán ejecu- tados por la Municipalidad directamente o indirectamente. Los Certificados se emitirán en el mismo orden en que hubieran sido construidas las cuadras, y ago- tados éstos, en el orden que se estime proseguirán construyendo las obras, a la época de emisión de los Certificados.------------------------------------- ARTICULO 25.- Cuando por cualquier causa se suspendan definitivamente las o- ------------- bras, aquellos frentistas que aún no tuvieran su cuadra cons- truída, tendrán garantizada por la Municipalidad su devolución de sus apor- tes en forma automática, mediante la aplicación de los importes a recaudar de aquellos frentistas que sí tengan la obra construída. El reintegro se efectua- rá inmediatamente, en la medida de la disponibilidad de fondos y con las mis- mas reglas de actualización de costos a fecha de devolución. Se exceptuará de la obligación de devolución, el aporte que haya contribuído a costear obras básicas ya construídas. Los frentistas que tengan las obras construídas conti- nuarán contribuyendo como si no se hubiera producido la interrupción.-------- ARTICULO 26.- En el caso de suspensión temporal de las obras, el Departamento ------------- Ejecutivo podrá suspender la recepción de los pagos de los fren- tistas. Reiniciadas aquellas, los pagos deberán recomenzar con los costos actua- lizados a la fecha de reinicio.---------------------------------------------- ARTICULO 27.- Cuando hubiere pagado el total de su deuda, el frentista podrá ------------- requerir de la Municipalidad un "Certificado de Libre Deuda", el que servirá de acreditación de tal circunstancia.------------------------- ARTICULO 28.- El Departamento Ejecutivo podrá gestionar la obtención de prés- ------------- tamos del Banco de la Provincia de Buenos Aires, subsidios provin ciales o nacionales, etc., para facilitar la fluida financiación de las obras.- ARTICULO 29.- La Municipalidad facilitará a solicitud de los frentistas la ------------- documentación pertinente para que puedan gestionar préstamos ante instituciones crediticias, con destino a la cancelación parcial o total de sus obligaciones.--------------------------------------------------------- ARTICULO 30.- El Departamento Ejecutivo designar Comisiones de frentistas ------------- contribuyentes, para que colaboren con la fiscalización y desarrollo de todo el proceso, tanto en el aspecto técnico como en el econó- mico financiero, con las atribuciones y alcances que en cada caso se establez- ca.-------------------------------------------------------------------------- ARTICULO 31.- El Departamento Ejecutivo informará de forma pública, con la ------------- frecuencia que permita el desarrollo del Plan sobre: a.- lo construido.- b.- lo que se construirá en períodos siguientes.- c.- lo recaudado, por conceptos.- d.- los costos actualizados.- e.- otros datos que estime de interés.------------------------------ ARTICULO 32.- Declárase aplicable el Decreto Ordenanza General 165/73, en to- ------------- do lo que no se oponga a la presente.------------------------- ARTICULO 33.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.--------------- ------------- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en Sesión Extraordinaria, a los seis días del mes de Febrero de mil novecientos ochenta y siete. FIRMADO: Héctor C. Galella - PRESIDENTE - Juan - José Troya - SECRETARIO.-----------------------------------------------------